Es la autorización para el desarrollo de las actividades en un espacio físico dentro de la jurisdicción portuaria (Depósitos, plazoletas, tinglados, embarcaderos flotantes, etc.). Solo se cobra cuando la misma se otorgue en horarios fuera de la jornada laboral habitual de los dependientes de la Adminsitración Portuaria, por hora y por agente (si es que se necesita más de uno).
Días | Horarios | Precio Hora |
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Lunes a Viernes | 16 a 22 hs. | USS 3,50 |
Lunes a Viernes | 22 a 7 hs. | USS 4,50 |
Sábado | 7 a 13 hs. | USS 3,50 |
Sábado | 13 a 1 hs. | USS 4,50 |
Sábado | 1 a 7 hs. | USS 4,50 |
Domingos feriados y no laborables | Todos los horarios | USS 4,50 |