Habilitación de instalaciones

Es la autorización para el desarrollo de las actividades en un espacio físico dentro de la jurisdicción portuaria (Depósitos, plazoletas, tinglados, embarcaderos flotantes, etc.). Solo se cobra cuando la misma se otorgue en horarios fuera de la jornada laboral habitual de los dependientes de la Adminsitración Portuaria, por hora y por agente (si es que se necesita más de uno).

Días Horarios Precio Hora
Lunes a Viernes 16 a 22 hs. USS 3,50
Lunes a Viernes 22 a 7 hs. USS 4,50
Sábado 7 a 13 hs. USS 3,50
Sábado 13 a 1 hs. USS 4,50
Sábado 1 a 7 hs. USS 4,50
Domingos feriados y no laborables Todos los horarios USS 4,50